Art. 4
Información sobre los miembros del órgano de dirección
En vigor desde 2 jun 2016
Artículo 4
Información sobre los miembros del órgano de dirección
1. Los solicitantes que pretendan obtener autorización para prestar servicios de suministro de datos deberán incluir, en su solicitud de autorización, la información siguiente con respecto a cada uno de los miembros del órgano de dirección:
a)
nombre, fecha y lugar de nacimiento, número de identificación personal nacional u otro equivalente, dirección y datos de contacto;
b)
cargo para el que ha sido o será designado;
c)
un currículum vítae que acredite la experiencia y conocimientos suficientes para ejercer debidamente sus responsabilidades;
d)
antecedentes penales, en particular mediante un certificado oficial o, en caso de que dicho documento no esté disponible en el Estado miembro de que se trate, una autodeclaración de honorabilidad y la autorización a la autoridad competente para indagar si el miembro ha sido declarado culpable de algún delito penal en relación con la prestación de servicios financieros o servicios de datos o en relación con actos de fraude o malversación;
e)
una autodeclaración de honorabilidad y la autorización a la autoridad competente para indagar si el miembro:
i)
ha sido declarado responsable en algún procedimiento disciplinario incoado por una autoridad reguladora u organismo público, o está incurso en un procedimiento de ese tipo aún pendiente de resolución,
ii)
ha sido objeto de una resolución judicial condenatoria en un proceso civil en relación con la prestación de servicios financieros o servicios de datos, o en relación con actos de fraude o conducta irregular en la gestión de una empresa,
iii)
ha formado parte del órgano de dirección de una empresa sobre la que haya recaído resolución adversa o sanción adoptada por una autoridad reguladora o cuyo registro o autorización haya sido revocado por una autoridad reguladora,
iv)
ha sido privado del derecho a ejercer actividades que requieran el registro o la autorización por parte de una autoridad reguladora,
v)
ha formado parte del órgano de dirección de una empresa declarada en quiebra o liquidación mientras el interesado desempeñaba dicho cargo o en el plazo de un año después de que dejara de desempeñarlo,
vi)
ha sido, de algún otro modo, objeto de sanción pecuniaria, suspensión o inhabilitación, o de alguna otra sanción en relación con actos de fraude o malversación o con la prestación de servicios financieros o servicios de datos, por un organismo profesional,
vii)
ha sido inhabilitado para desempeñar la función de consejero o cualquier cargo directivo, cesado en su empleo o en otro cargo de una empresa a raíz de falta grave o negligencia;
f)
una indicación del tiempo mínimo que se dedicará al desempeño de las funciones de la persona en el proveedor de servicios de suministro de datos;
g)
una declaración de los posibles conflictos de intereses que puedan existir o surgir en el desempeño de las funciones y el modo en que se gestionan dichos conflictos.
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