Art. 4

Notificación a la Comisión

En vigor desde 1 abr 2016
Artículo 4 Notificación a la Comisión La notificación prevista en el artículo 18, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1272/2009 se efectuará antes de las 16.00 horas (hora de Bruselas) de las fechas límite de presentación de ofertas contempladas en el artículo 3 del presente Reglamento, de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 792/2009. No obstante lo dispuesto en el artículo 18, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1272/2009, en caso de que un Estado miembro no notifique a la Comisión una oferta admisible en el plazo a que se refiere el párrafo primero, se considerará que le ha notificado una comunicación negativa.
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