Art. 257.tit_1
Medidas de emergencia que debe adoptar la autoridad competente del Estado miembro en cuyo territorio aparece un brote de una enfermedad de la lista o de una enfermedad emergente o bien de surgir un peligro
En vigor desde 9 mar 2016
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2016:429:oj#art-257.tit_1