Art. 1

En vigor desde 4 mar 2016
Artículo 1 El Reglamento (CE) n.o 329/2007 queda modificado como sigue: 1. El anexo IV queda modificado de conformidad con el anexo I del presente Reglamento. 2. El anexo V queda modificado de conformidad con el anexo II del presente Reglamento.
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