Art. 2

Disposiciones transitorias

En vigor desde 20 ene 2016
Artículo 2 Disposiciones transitorias Todo exhorto europeo de obtención de pruebas ejecutado con arreglo a la Decisión Marco 2008/978/JAI seguirá rigiéndose por esta última hasta que el proceso penal correspondiente concluya con resolución firme.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2016:95:oj#art-2

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil