Art. 1

En vigor desde 15 dic 2015
Artículo 1 El anexo del Reglamento (CE) no 1126/2008 queda modificado como sigue: las Normas Internacionales de Información Financiera y Normas Internacionales de Contabilidad que a continuación se indican se modifican según lo previsto en el anexo del presente Reglamento: a) la NIIF 5 Activos no corrientes mantenidos para la venta y actividades interrumpidas se modifica según lo previsto en el anexo del presente Reglamento; b) la NIIF 7 Instrumentos financieros: Información a revelar se modifica según lo previsto en el anexo del presente Reglamento; c) la NIC 19 Retribuciones a los empleados se modifica según lo previsto en el anexo del presente Reglamento; d) la NIC 34 Información financiera intermedia se modifica según lo previsto en el anexo del presente Reglamento; e) la NIIF 1 Adopción por primera vez de las Normas Internacionales de Información Financiera se modifica de conformidad con las modificaciones de la NIIF 7, según lo previsto en el anexo del presente Reglamento.
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