Art. 1
Creación de la Agencia de la Unión Europea para la formación policial
En vigor desde 25 nov 2015
Artículo 1
Creación de la Agencia de la Unión Europea para la formación policial
1. Se crea una Agencia de la Unión Europea para la formación policial (CEPOL).
2. La CEPOL creada en virtud del presente Reglamento sustituirá y sucederá a la CEPOL creada en virtud de la Decisión 2005/681/JAI.
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