Art. 341.tit_1

Medidas que deben adoptarse a partir de la recepción de una declaración sumaria de salida

En vigor desde 24 nov 2015
(Artículo 271 del Código)
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2015:2447:oj#art-341.tit_1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil