Art. 1
En vigor desde 23 nov 2015
Artículo 1
El anexo del Reglamento (CE) no 1126/2008 queda modificado como sigue:
a)
la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 16 Inmovilizado material se modifica con arreglo a lo previsto en el anexo del presente Reglamento;
b)
la NIC 41 Agricultura se modifica con arreglo a lo previsto en el anexo del presente Reglamento;
c)
la NIC 1 Presentación de estados financieros, la NIC 17 Arrendamientos, la NIC 23 Costes por intereses, la NIC 36 Deterioro del valor de los activos y la NIC 40 Inversiones inmobiliarias se modifican en consonancia con las modificaciones de la NIC 16 y la NIC 41, con arreglo a lo previsto en el anexo del presente Reglamento.
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