Art. 1
En vigor desde 5 nov 2015
Artículo 1
En el anexo se establecen las medidas detalladas para la aplicación de las normas básicas comunes de protección de la aviación civil contra actos de interferencia ilícita que comprometan la seguridad de la aviación civil, contempladas en el artículo 4, apartado 1, del Reglamento (CE) no 300/2008, y las medidas generales que completan esas normas básicas comunes, mencionadas en el artículo 4, apartado 2, de dicho Reglamento.
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