Art. 2

En vigor desde 8 jul 2015
Artículo 2 El anexo del Reglamento de Ejecución (UE) no 544/2013 queda modificado como sigue: 1) En la octava columna, «Contenido máximo», se suprime el texto «1 × 109». 2) En la novena columna, «Otras disposiciones», el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente: «2. Se autoriza el uso en piensos que contengan los coccidiostáticos autorizados: maduramicina de amonio, diclazuril, clorhidrato de robenidina, decoquinato, narasina, nicarbazina, narasina/nicarbazina.»
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eli:reg_impl:2015:1105:oj#art-2

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