Art. 9
Actos de ejecución
En vigor desde 29 abr 2015
Artículo 9
Actos de ejecución
La Comisión adoptará actos de ejecución por los que se establezcan las disposiciones administrativas para la homologación de tipo CE de los vehículos por lo que respecta a los sistemas eCall basados en el número 112 integrados en los vehículos y a sus componentes y unidades técnicas independientes diseñados y fabricados para dichos vehículos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5, apartado 1, en lo relativo a:
a)
la plantilla de los documentos de información que los fabricantes deben proporcionar a efectos de la homologación;
b)
la plantilla para los certificados de homologación de tipo CE;
c)
el modelo del marcado de homologación de tipo CE.
Dichos actos de ejecución se adoptarán de conformidad con el procedimiento de examen a que se refiere el artículo 10, apartado 2.
Los primeros de estos actos de ejecución se adoptarán a más tardar el 9 de junio de 2016.
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