Art. 5

Modelos de la placa reglamentaria y de la marca de homologación de tipo UE

En vigor desde 11 mar 2015
Artículo 5 Modelos de la placa reglamentaria y de la marca de homologación de tipo UE Los fabricantes expedirán la placa reglamentaria y la marca de homologación de tipo UE a las que se refiere el artículo 34, apartados 1 y 2, del Reglamento (UE) no 167/2013 con arreglo a los modelos del anexo IV del presente Reglamento.
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