Art. 5

Modelo para las cuentas

En vigor desde 20 feb 2015
Artículo 5 Modelo para las cuentas Las cuentas contempladas en el artículo 49, apartado 1, del Reglamento (UE) no 223/2014 se presentarán a la Comisión de conformidad con el modelo que figura en el anexo V del presente Reglamento.
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