Art. 7

Modelos de estrategia de auditoría, dictamen de auditoría e informe de control anual

En vigor desde 20 ene 2015
Artículo 7 Modelos de estrategia de auditoría, dictamen de auditoría e informe de control anual 1.   La estrategia de auditoría a la que se hace referencia en el artículo 127, apartado 4, del Reglamento (UE) no 1303/2013, se elaborará de acuerdo con el modelo que figura en el anexo VII del presente Reglamento. 2.   El dictamen de auditoría al que se hace referencia en el artículo 127, apartado 5, párrafo primero, letra a), del Reglamento (UE) no 1303/2013, deberá elaborarse con arreglo al modelo que figura en el anexo VIII del presente Reglamento. 3.   El informe de control anual al que se hace referencia en el artículo 127, apartado 5, párrafo primero, letra b), del Reglamento (UE) no 1303/2013, deberá elaborarse de conformidad con el modelo que figura en el anexo IX del presente Reglamento.
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