Art. 2

En vigor desde 6 ene 2015
Artículo 2 Podrán seguir utilizándose en el territorio de la Unión los términos «Krainer», «Käsekrainer», «Schweinskrainer», «Osterkrainer» y «Bauernkrainer», siempre y cuando se respeten los principios y las normas del ordenamiento jurídico de la Unión vigentes. Durante un período de quince años desde la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento, podrán seguir utilizándose los términos «Kranjska» y «Kranjska kobasica» para designar embutidos que no cumplan el pliego de condiciones del «Kranjska klobasa».
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