Art. 3

Azúcar

En vigor desde 16 dic 2014
Artículo 3 Azúcar No obstante lo dispuesto en el artículo 4, apartado 1, del Reglamento (CE) no 828/2009, las solicitudes de certificados de importacion no podrán presentarse después del viernes 11 de diciembre de 2015 a las 13.00 horas, hora de Bruselas, y hasta el viernes 25 de diciembre de 2015 a las 13.00 horas, hora de Bruselas.
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