Art. 34

Requisitos relativos a los neumáticos

En vigor desde 8 dic 2014
Artículo 34 Requisitos relativos a los neumáticos Los procedimientos de ensayo y los requisitos de rendimiento aplicables a los neumáticos según el artículo 17, apartado 2, letra r), del Reglamento (UE) no 167/2013 se llevarán a cabo y verificarán conforme al anexo XXX del presente Reglamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_del:2015:208:oj#art-34

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil