Art. 38
Evaluación
En vigor desde 22 oct 2014
Artículo 38
Evaluación
El Parlamento Europeo publicará, previa consulta a la Autoridad y a más tardar a mediados de 2018, un informe sobre la aplicación del presente Reglamento y sobre las actividades financiadas. El informe indicará, en su caso, las eventuales modificaciones que deban introducirse en los sistemas relativos a los estatutos y la financiación.
Antes de que concluya 2018, la Comisión presentará un informe sobre la aplicación del presente Reglamento acompañado, en su caso, de una propuesta legislativa para su modificación.
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