Art. 38

Evaluación

En vigor desde 22 oct 2014
Artículo 38 Evaluación El Parlamento Europeo publicará, previa consulta a la Autoridad y a más tardar a mediados de 2018, un informe sobre la aplicación del presente Reglamento y sobre las actividades financiadas. El informe indicará, en su caso, las eventuales modificaciones que deban introducirse en los sistemas relativos a los estatutos y la financiación. Antes de que concluya 2018, la Comisión presentará un informe sobre la aplicación del presente Reglamento acompañado, en su caso, de una propuesta legislativa para su modificación.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2014:1141:oj#art-38

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil