Art. 7
Requisitos aplicables a las fuentes de energía y a los dispositivos de almacenamiento de energía de los sistemas de frenado y los enganches de frenado de remolques y a los vehículos equipados con ellos
En vigor desde 15 oct 2014
Artículo 7
Requisitos aplicables a las fuentes de energía y a los dispositivos de almacenamiento de energía de los sistemas de frenado y los enganches de frenado de remolques y a los vehículos equipados con ellos
Los procedimientos de ensayo y los requisitos de rendimiento aplicables a las fuentes de energía y a los dispositivos de almacenamiento de energía de los sistemas de frenado y los enganches de frenado de remolques y a los vehículos equipados con ellos se llevarán a cabo y se verificarán en conformidad con el anexo IV.
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