Art. 1
Objeto y ámbito de aplicación
En vigor desde 13 oct 2014
Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación
El presente Reglamento especifica modelos comunes en relación con:
a)
los informes de los operadores y los propietarios de instalaciones de petróleo y de gas mar adentro a las autoridades competentes de los Estados miembros de conformidad con el artículo 23 de la Directiva 2013/30/UE;
b)
la publicación de información por parte de los Estados miembros de conformidad con el artículo 24 de la Directiva 2013/30/UE.
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