Art. 10

Métodos de valoración: jerarquía de valoración

En vigor desde 10 oct 2014
Artículo 10 Métodos de valoración: jerarquía de valoración 1.   Cuando valoren sus activos y pasivos de conformidad con el artículo 9, apartados 1, 2 y 3, las empresas de seguros y reaseguros seguirán la jerarquía de valoración prevista en los apartados 2 a 7, teniendo en cuenta aquellas características del activo o pasivo que los participantes en el mercado habrían tenido en cuenta al fijar el precio del activo o del pasivo en la fecha de valoración, tales como el estado y la ubicación del activo o pasivo y las restricciones aplicables, en su caso, a la utilización o venta del activo. 2.   Las empresas de seguros y reaseguros valorarán sus activos y pasivos utilizando los precios de cotización en mercados activos de los mismos activos o pasivos, siendo este el método de valoración por defecto. 3.   Cuando no sea posible utilizar los precios de cotización en mercados activos de los mismos activos o pasivos, las empresas de seguros y reaseguros valorarán los activos y pasivos utilizando los precios de cotización en mercados activos de activos y pasivos similares, introduciendo ajustes para tener en cuenta las diferencias. Estos ajustes reflejarán factores específicos del activo o pasivo, incluidos los siguientes: (a) el estado o la ubicación del activo o pasivo; (b) la medida en que los datos correspondan a elementos que sean comparables con el activo o pasivo; y (c) el volumen o nivel de actividad de los mercados en que se observan los datos. 4.   La utilización de los precios de cotización en el mercado por parte de las empresas de seguros y reaseguros se basará en los criterios relativos a los mercados activos establecidos en las normas internacionales de contabilidad adoptadas por la Comisión de conformidad con el Reglamento (CE) no 1606/2002. 5.   Cuando no se satisfagan los criterios a que se refiere el apartado 4, las empresas de seguros y reaseguros utilizarán métodos de valoración alternativos, salvo disposición en contrario del presente capítulo. 6.   Cuando se utilicen métodos de valoración alternativos, las empresas de seguros y reaseguros se basarán en la menor medida de lo posible en parámetros específicos de la empresa y en la mayor medida de lo posible en parámetros de mercado pertinentes, incluidos los siguientes: (a) los precios de cotización de activos o pasivos idénticos o similares en mercados que no sean mercados activos; (b) datos sobre el activo o pasivo distintos de los precios de cotización y que sean directamente observables, tales como los tipos de interés y las curvas de rendimiento observables a intervalos de cotización normales, la volatilidad implícita y los diferenciales de crédito; (c) datos corroborados por el mercado, que pueden no ser directamente observables pero que se basen o apoyen en datos de mercado observables. Todos esos datos de mercado se ajustarán en función de los factores a que se refiere el apartado 3. En la medida en que no estén disponibles datos observables pertinentes, incluso en circunstancias en que haya poca o ninguna actividad de mercado con respecto al activo o pasivo en la fecha de valoración, las empresas utilizarán datos no observables que reflejen las hipótesis que los participantes en el mercado utilizarían al fijar el precio del activo o pasivo, incluidas hipótesis sobre el riesgo. Cuando utilicen parámetros no observables, las empresas ajustarán los datos específicos de la empresa si información disponible razonable indica que otros participantes en el mercado utilizarían datos diferentes o si hay alguna característica de la empresa que no tienen otros participantes en el mercado. Al evaluar las hipótesis sobre el riesgo a que se refiere el apartado anterior, las empresas tendrán en cuenta el riesgo inherente a la técnica de valoración específica utilizada para medir el valor razonable y el riesgo inherente a los datos de dicha técnica de valoración. 7.   Al utilizar métodos de valoración alternativos, las empresas utilizarán técnicas de valoración coherentes con uno o más de los siguientes métodos: (a) método de mercado, que utiliza precios y otra información pertinente generada por operaciones de mercado con activos, pasivos o grupos de activos y pasivos idénticos o similares; entre las técnicas de valoración coherentes con el método del mercado figura la valoración matricial; (b) método de ingresos, que convierte importes futuros, como flujos de caja o ingresos o gastos, en un solo importe actual; el valor razonable reflejará las expectativas actuales del mercado sobre estos importes futuros; las técnicas de valoración coherentes con el método de ingresos incluyen las técnicas de valor actual, los modelos de valoración de opciones y el método de exceso de ganancias de varios ejercicios; (c) el método de costes o de coste actual de reposición refleja el importe que se precisaría actualmente para sustituir la capacidad de servicio de un activo; desde la perspectiva de un participante en el mercado vendedor, el precio que se percibiría por el activo se basa en el coste que supondría para un participante en el mercado comprador adquirir o construir un activo sustitutivo de calidad comparable, ajustado por su obsolescencia.
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