Art. 2

Modelo para la transmisión de datos financieros

En vigor desde 22 sept 2014
Artículo 2 Modelo para la transmisión de datos financieros A la hora de presentar datos financieros con fines de seguimiento a la Comisión, de conformidad con el artículo 112 del Reglamento (UE) no 1303/2013, los Estados miembros utilizarán el modelo que figura en el anexo II del presente Reglamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2014:1011:oj#art-2

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil