Art. 2
Modelo para la presentación de información sobre los instrumentos financieros
En vigor desde 28 jul 2014
Artículo 2
Modelo para la presentación de información sobre los instrumentos financieros
[Artículo 46, apartado 3, del Reglamento (UE) no 1303/2013]
En lo relativo al informe a que se hace referencia en el artículo 46, apartado 1, del Reglamento (UE) no 1303/2013, las autoridades de gestión deberán utilizar el modelo que figura en el anexo I del presente Reglamento.
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