Art. 1

En vigor desde 25 jul 2014
Artículo 1 En el artículo 3 del Reglamento (UE) no 269/2014, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente: «1.   En el anexo I se incluirá a: a) las personas físicas responsables de acciones o políticas que menoscaben o amenacen la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania, o la estabilidad o seguridad de Ucrania, que apoyen activamente o ejecuten esas acciones o políticas, o que obstaculicen la labor de las organizaciones internacionales en Ucrania, y a las personas físicas o jurídicas, entidades u organismos asociados a ellas; b) las personas jurídicas, entidades u organismos que apoyen, material o financieramente, acciones que menoscaben o amenacen la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania; c) las personas jurídicas, entidades u organismos en Crimea y Sebastopol cuya titularidad haya sido transmitida en contravención del Derecho ucraniano, o las personas jurídicas, entidades u organismos que se hayan beneficiado de esa transmisión de titularidad; o d) las personas físicas o jurídicas, entidades u organismos que presten activamente apoyo material o financiero a los políticos rusos responsables de la anexión de Crimea y Sebastopol o de la desestabilización del este de Ucrania, o que se beneficien de ellos.» .
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