Art. 6
Modelos de la placa reglamentaria y de la marca de homologación de tipo UE
En vigor desde 18 jul 2014
Artículo 6
Modelos de la placa reglamentaria y de la marca de homologación de tipo UE
Los fabricantes expedirán la placa reglamentaria y la marca de homologación de tipo UE a las que se refiere el artículo 39, apartados 1 y 2, del Reglamento (UE) no 168/2013 con arreglo a los modelos del anexo V del presente Reglamento.
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