Art. 1

En vigor desde 24 jun 2014
Artículo 1 En el anexo del Reglamento (CE) no 1881/2006, se añade la siguiente sección 8, «Toxinas vegetales inherentes»: «Sección 8: Toxinas vegetales inherentes Productos alimenticios (1) Contenido máximo en g/kg 8.1 Ácido erúcico 8.1.1 Aceites y grasas vegetales 50 (*1) 8.1.2 Alimentos con adición de aceites y grasas vegetales, con excepción de los productos alimenticios mencionados en el punto 8.1.3 50 (*1) 8.1.3 Preparados para lactantes y preparados de continuación (8) 10 (*1)
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