Art. 12
Excepciones a la fecha límite de presentación
En vigor desde 11 mar 2014
Artículo 12
Excepciones a la fecha límite de presentación
No obstante lo dispuesto en el artículo 5, apartado 1, del Reglamento (CEE, Euratom) no 1182/71 del Consejo (19), cuando la fecha límite para la presentación de las solicitudes de ayuda, de las solicitudes de pago u otras declaraciones o de cualquier justificante o contrato, o la fecha límite para la modificación de la solicitud única o de la solicitud de pago, sea un día festivo, un sábado o un domingo, se considerará que la fecha límite es el primer día hábil siguiente.
El párrafo primero también se aplicará a la última fecha posible de presentación fuera de plazo mencionada en el artículo 13, apartado 1, párrafo tercero, y a la última fecha posible de presentación fuera de plazo mencionada en el artículo 14, párrafo segundo, de solicitudes de los beneficiarios para la asignación o el aumento de los derechos de pago.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_del:2014:640:oj#art-12