Art. 20
Presentación de solicitudes fuera de plazo
En vigor desde 20 feb 2014
Artículo 20
Presentación de solicitudes fuera de plazo
Salvo en los casos de fuerza mayor o de circunstancias excepcionales, la presentación de una solicitud de ayuda fuera de los plazos señalados con arreglo a lo dispuesto en el artículo 18 dará lugar a una reducción del 1 % por día hábil de los importes a los que el solicitante de ayuda habría tenido derecho si hubiese presentado la solicitud en el plazo previsto. En caso de que el retraso sea de más de 25 días civiles, se desestimará la solicitud.
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