Art. 1
En vigor desde 11 feb 2014
Artículo 1
Queda derogado el derecho antidumping sobre las importaciones de 1-Cianoguanidina (diciandiamida), actualmente clasificada con el código NC 2926 20 00 y originaria de la República Popular China, y se da por concluido el procedimiento relativo a dichas importaciones.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2014:135:oj#art-1