Art. 1

En vigor desde 19 dic 2013
Artículo 1 1.   Las cuotas de pesca para el año 2013 contempladas en el anexo I del presente Reglamento se reducirán mediante la aplicación de deducciones a otras poblaciones indicadas en dicho anexo. 2.   El apartado 1 se aplicará sin perjuicio de las deducciones previstas en el Reglamento (UE) no 165/2011 y el Reglamento de Ejecución (UE) no 185/2013.
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