Art. 2
En vigor desde 31 oct 2013
Artículo 2
El aditivo para piensos especificado en el anexo y los piensos que lo contengan que hayan sido producidos y etiquetados antes del 21 de mayo de 2014 de conformidad con las normas aplicables antes del 21 de noviembre de 2013 podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2013:1078:oj#art-2