Art. 1

En vigor desde 18 oct 2013
Artículo 1 Se aplicará un coeficiente de asignación de 39,536727 % a las solicitudes de certificados de importación presentadas el 14 y el 15 de octubre de 2013, en virtud del artículo 3, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1918/2006. La expedición de certificados de importación por las cantidades solicitadas a partir del 21 de octubre de 2013 quedará suspendida para octubre de 2013.
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