Art. 95

Principios contables

En vigor desde 30 sept 2013
Artículo 95 Principios contables Los estados financieros a que se refiere el artículo 92 presentarán la información, incluida la información sobre las políticas contables, de manera tal que se garantice que es pertinente, fiable, comparable y comprensible. Los estados financieros habrán de elaborarse de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados descritos en las normas contables a que se refiere el artículo 143 del Reglamento (UE, Euratom) no 966/2012.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_del:2013:1271:oj#art-95

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil