Art. 2
Interpretación de los criterios de designación
En vigor desde 24 sept 2013
Artículo 2
Interpretación de los criterios de designación
Los criterios expuestos en el anexo 8 de la Directiva 90/385/CEE o en el anexo XI de la Directiva 93/42/CEE se aplicarán conforme a lo dispuesto en el anexo I.
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