Art. 2

En vigor desde 30 ago 2013
Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Sin embargo, será aplicable a partir del 26 de abril de 2013 en lo relativo al diazinón en piñas (ananás) del código número 0163080.
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