Art. 2

En vigor desde 27 ago 2013
Artículo 2 Queda derogado el derecho antidumping establecido mediante el Reglamento de Ejecución (UE) no 1389/2011 en lo que respecta a las importaciones mencionadas en el artículo 1 del presente Reglamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2013:809:oj#art-2

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil