Art. 2

En vigor desde 22 ago 2013
Artículo 2 El preparado especificado en el anexo y los piensos que lo contengan que hayan sido producidos y etiquetados antes del 12 de marzo de 2014 de conformidad con las normas aplicables antes del 12 de septiembre de 2013 podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias.
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