Art. 3

En vigor desde 4 jul 2013
Artículo 3 La sustancia especificada en el anexo y los piensos que la contengan que hayan sido producidos y etiquetados antes del 25 de julio de 2015 de conformidad con las normas aplicables antes del 25 de julio de 2013 podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias.
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