Art. 43

Notificación de autoridades designadas y autoridades verificadoras

En vigor desde 26 jun 2013
Artículo 43 Notificación de autoridades designadas y autoridades verificadoras 1.   Antes de 20 de octubre de 2013, como muy tarde, cada Estado miembro notificará a la Comisión las autoridades que ha designado, las unidades operativas mencionadas en el artículo 5, apartado 3, y su autoridad verificadora, y le comunicará inmediatamente cualquier modificación de las mismas. 2.   Antes de 20 de octubre de 2013, como muy tarde, Europol notificará a la Comisión su autoridad designada, su autoridad verificadora y el Punto de Acceso Nacional que haya designado, y notificará inmediatamente cualquier modificación de los mismos. 3.   La Comisión publicará la información mencionada en los apartados 1 y 2 en el Diario Oficial de la Unión Europea con carácter anual a través de una publicación electrónica que esté disponible en línea y se actualice sin demora.
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