Art. 1
Modificación del Reglamento (CE) no 341/2007
En vigor desde 10 jun 2013
Artículo 1
Modificación del Reglamento (CE) no 341/2007
En el artículo 4, apartado 2, del Reglamento (CE) no 341/2007 se añade el párrafo cuarto siguiente:
«En lo que respecta a Croacia, para los períodos del contingente arancelario de importación 2013/14, 2014/15 y 2015/16:
a)
no es aplicable lo dispuesto en la letra a) del párrafo primero, y
b)
por "importación en la Unión" se entenderá las importaciones procedentes de países distintos de los Estados miembros de la Unión en su composición a 1 de julio de 2013.».
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