Art. 1

En vigor desde 3 may 2013
Artículo 1 Se aplicará un coeficiente de asignación de 61,061322 % a las solicitudes de certificados de importación presentadas el 29 y el 30 de abril de 2013, en virtud del artículo 3, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1918/2006. La expedición de certificados de importación por las cantidades solicitadas a partir del 6 de mayo de 2013 quedará suspendida para mayo de 2013.
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