Art. 1
En vigor desde 4 feb 2013
Artículo 1
Los operadores de empresas del sector alimentario podrán utilizar ácido láctico para reducir la contaminación microbiológica de superficie de canales, medias canales o cuartos de bovinos en el matadero, respetando las condiciones establecidas en el anexo del presente Reglamento.
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