Art. 1.tit_1
Datos que deberán figurar en las notificaciones de conformidad con el artículo 9, apartados 1 y 3, del Reglamento (UE) no 648/2012
En vigor desde 19 dic 2012
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_del:2013:148:oj#art-1.tit_1