Art. 255

Tipos de operaciones

En vigor desde 29 oct 2012
Artículo 255 Tipos de operaciones (artículo 181 del Reglamento Financiero) 1.   Las acciones directas serán ejecutadas por los establecimientos del Centro Conjunto de Investigación (en lo sucesivo, «el CCI») y en principio serán financiadas íntegramente con cargo al presupuesto. Este tipo de acciones consistirán en: a) programas de investigación; b) actividades de investigación exploratoria; c) actividades de apoyo científico y técnico de índole institucional. 2.   El CCI podrá participar en las acciones indirectas en las condiciones establecidas en el artículo 183 del Reglamento Financiero. 3.   El cálculo de los títulos de crédito a que se refiere el artículo 181, apartado 2, del Reglamento Financiero se remitirá al contable para registro.
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