Art. 1

En vigor desde 25 oct 2012
Artículo 1 1.   Las solicitudes de certificados de importación de arroz del contingente con el número de orden 09.4138 contemplado en el Reglamento de Ejecución (UE) no 1273/2011, presentadas durante los diez primeros días hábiles del mes de octubre de 2012, darán lugar a la expedición de certificados para las cantidades solicitadas, que se multiplicará por el coeficiente de asignación que se fija en el anexo del presente Reglamento. 2.   El porcentaje final de utilización, en el curso del año 2012, de cada contingente previsto por el Reglamento de Ejecución (UE) no 1273/2011, figura en el anexo del presente Reglamento.
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eli:reg_impl:2012:993:oj#art-1

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