Art. 1
En vigor desde 22 oct 2012
Artículo 1
Mediante el presente acto se abre una investigación, de conformidad con el artículo 13, apartado 3, del Reglamento (CE) no 1225/2009, para determinar si las importaciones en la Unión de hojas de aluminio de un grosor no inferior a 0,008 mm y no superior a 0,018 mm, sin soporte, simplemente laminadas, sin recocido, presentadas en rollos de anchura superior a 650 mm y de un peso superior a 10 kg, clasificadas actualmente en el código NC ex 7607 11 19 (código TARIC 7607 11 19 20), originarias de la República Popular China, están eludiendo las medidas impuestas por el Reglamento (CE) no 925/2009.
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