Art. 1
En vigor desde 24 sept 2012
Artículo 1
El Reglamento no 422/67/CEE, no 5/67/Euratom se modifica del siguiente modo:
1)
El título se sustituye por el texto siguiente:
«Reglamento no 422/67/CEE, no 5/67/Euratom, por el que se establece el régimen pecuniario del Presidente y los miembros de la Comisión, del Presidente, los jueces, los abogados generales y el secretario del Tribunal de Justicia, del Presidente, los miembros y el secretario del Tribunal General, así como del Presidente, los miembros y el secretario del Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea».
2)
En el artículo 2, apartado 2, tras la línea «Presidente: 138 %» se añade la siguiente línea:
«Vicepresidente: 125 %».
3)
En el artículo 4, apartado 3, tras la línea «Presidente: 1 418,07 EUR» se añade la siguiente línea:
«Vicepresidente: 911,38 EUR».
4)
En el artículo 4 ter, los términos «Tribunal de Primera Instancia» se sustituyen por los términos «Tribunal General».
5)
En el artículo 19 bis, los términos «Tribunal de Primera Instancia» se sustituyen por los términos «Tribunal General».
6)
En el artículo 21 bis, apartado 1, los términos «Tribunal de Primera Instancia» se sustituyen por los términos «Tribunal General».
7)
El artículo 21 bis, el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente:
«2. La remuneración de base mensual del Presidente, del Vicepresidente, de los miembros y del secretario del Tribunal General será igual al importe resultante de la aplicación de los porcentajes siguientes a la remuneración de base de los funcionarios de la Unión Europea del grado 16, tercer escalón:
—
Presidente
:
112,5 %,
—
Vicepresidente
:
108 %,
—
Miembros
:
104 %,
—
Secretario
:
95 %.».
8)
En el artículo 21 bis, apartado 3, tras la línea «Presidente: 607,71 EUR» se añade la siguiente línea:
«Vicepresidente: 573,98 EUR».
9)
En el artículo 21 ter, apartado 1, los términos «Tribunal de Primera Instancia» se sustituyen por los términos «Tribunal General».
10)
En el artículo 21 quater, apartado 1, los términos «Tribunal de Primera Instancia» se sustituyen por los términos «Tribunal General».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2012:904:oj#art-1