Art. 2
Fecha de aplicación de las partes B a F de la lista de la Unión de aromas y materiales de base
En vigor desde 5 sept 2012
Artículo 2
Fecha de aplicación de las partes B a F de la lista de la Unión de aromas y materiales de base
A efectos del artículo 30, párrafo tercero, leído en relación con el artículo 10 del Reglamento (CE) no 1334/2008, las partes B a F de la lista de la Unión de aromas y materiales de base que figura en el anexo I de dicho Reglamento se aplicarán a partir del 27 de septiembre de 2016.
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