Art. 3
En vigor desde 13 jul 2012
Artículo 3
Los anexos del Reglamento (CE) no 543/2008 se modifican como sigue:
a)
los anexos I y III se sustituyen por el texto que figura en el anexo I del presente Reglamento;
b)
solo afecta a la versión lituana;
c)
solo afecta a la versión letona.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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